background preloader

RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO

RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO
Texto consolidado: «Última actualización, publicada el 24/12/2022» Incluye la corrección de errores publicada en BOE núm. 306, de 23 de diciembre de 2015. Ref. BOE-A-2015-14020. Subir [Bloque 2: #preambulo] A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley: El 26 de octubre de 2012 el Consejo de Ministros acordó la creación de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas con el mandato de realizar un estudio integral dirigido a modernizar el sector público español, dotarle de una mayor eficacia y eliminar las duplicidades que le afectaban y simplificar los procedimientos a través de los cuales los ciudadanos y las empresas se relacionan con la Administración. Como se señala en el Informe de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (en adelante CORA), la normativa reguladora de las Administraciones Públicas ha pasado por diferentes etapas. [Bloque 3: #tpreliminar] 1. 2. 3.

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN Texto consolidado: «Última actualización, publicada el 19/10/2022» [Bloque 1: #preambulo] A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley: La esfera jurídica de derechos de los ciudadanos frente a la actuación de las Administraciones Públicas se encuentra protegida a través de una serie de instrumentos tanto de carácter reactivo, entre los que destaca el sistema de recursos administrativos o el control realizado por jueces y tribunales, como preventivo, a través del procedimiento administrativo, que es la expresión clara de que la Administración Pública actúa con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho, como reza el artículo 103 de la Constitución. El informe elaborado por la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas en junio de 2013 parte del convencimiento de que una economía competitiva exige unas Administraciones Públicas eficientes, transparentes y ágiles. Subir [Bloque 3: #a1] 1. 2.

CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Texto consolidado: «Última actualización, publicada el 27/09/2011» [Bloque 1: #preambulo] La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía, proclama su voluntad de: Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo. Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular. Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones. Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida. Establecer una sociedad democrática avanzada, y Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra. En consecuencia, las Cortes aprueban y el pueblo español ratifica la siguiente Subir [Bloque 3: #a1] 1.

LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS (LOPD) A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica. Preámbulo. Título I. Artículo 1. Artículo 2. Artículo 3. Título II. Artículo 4. Artículo 5. Artículo 6. Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9. Artículo 10. Título III. Capítulo I. Artículo 11. Capítulo II. Artículo 12. Artículo 13. Artículo 14. Artículo 15. Artículo 16. Artículo 17. Artículo 18. Título IV. Artículo 19. Artículo 20. Artículo 21. Artículo 22. Artículo 23. Artículo 24. Artículo 25. Artículo 26. Artículo 27. Título V. Capítulo I. Artículo 28. Artículo 29. Artículo 30. Artículo 31. Artículo 32. Capítulo II. Artículo 33. Capítulo III. Artículo 34. Artículo 35. Artículo 36. Artículo 37. Capítulo IV. Artículo 38. Artículo 39. Título VI. Artículo 40. Artículo 41. Artículo 42. Artículo 43. Título VII. Capítulo I. Sección 1.ª Disposiciones generales. Artículo 44. Artículo 45. Artículo 46. Artículo 47. Artículo 48. Artículo 49. Artículo 50. 1.

CONTRATOS PÚBLICOS Texto consolidado: «Última actualización, publicada el 09/05/2023» Incluye la corrección de errores publicada en BOE, núm. 126, de 24 de mayo de 2018. Ref. BOE-A-2018-6892 Subir [Bloque 2: #pr] A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley: La legislación de contratos públicos, de marcado carácter nacional, encuentra, no obstante, el fundamento de muchas de sus instituciones más allá de nuestras fronteras, en concreto, dentro de la actividad normativa de instituciones de carácter internacional, como es el caso de la OCDE, de UNCITRAL –en el ámbito de la ONU–, o, especialmente, de la Unión Europea. Los objetivos que inspiran la regulación contenida en la presente Ley son, en primer lugar, lograr una mayor transparencia en la contratación pública, y en segundo lugar el de conseguir una mejor relación calidad-precio. [Bloque 3: #tp] Disposiciones generales [Bloque 4: #ci] [Bloque 5: #s1] [Bloque 6: #a1] 1. 2.

EMPLEO PÚBLICO Texto consolidado: «Última actualización, publicada el 29/06/2023» Incluye la corrección de errores publicada en BOE núm. 278 de 20 de noviembre de 2015. Ref. BOE-A-2015-12525. Subir [Bloque 2: #preambulo] Asimismo, el artículo dos de la citada ley, prevé que los reales decretos legislativos que se dicten de acuerdo con la presente ley incluirán la derogación expresa de las normas que hayan sido objeto de refundición así como de aquellas disposiciones reglamentarias dictadas en aplicación y desarrollo de las mismas que resulten incompatibles con la refundición efectuada. De acuerdo con la citada habilitación se ha procedido a elaborar el texto refundido, siguiendo los criterios que a continuación se exponen. En primer lugar, se ha procedido a integrar en un texto único todas las modificaciones introducidas en la Ley 7/2007, de 12 de abril, a través de diversas leyes que bien han dado una nueva redacción a determinados preceptos, bien, han introducido nuevas disposiciones. [Bloque 3: #aunico]

LOE Texto consolidado: «Última actualización, publicada el 27/07/2022» Téngase en cuenta, sobre la aplicación de las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-17264, el calendario de implantación regulado en la disposición final 5 de la citada Ley. Véase también para su aplicación el Real Decreto 628/2022, de 26 de julio de 2022. Ref. Subir [Bloque 2: #preambulo] A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica. Las sociedades actuales conceden gran importancia a la educación que reciben sus jóvenes, en la convicción de que de ella dependen tanto el bienestar individual como el colectivo. Esa preocupación por ofrecer una educación capaz de responder a las cambiantes necesidades y a las demandas que plantean las personas y los grupos sociales no es nueva. La generalización de la educación básica ha sido tardía en nuestro país. [Bloque 3: #tpreliminar]

Related: