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GESTIÓN RECURSOS HUMANOS @edudirectores

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Documento consolidado BOE-A-1995-24292. Documento BOE-A-1996-3689. El Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria fue aprobado por el Real Decreto 819/1993, de 28 de mayo, con el objetivo de brindar a los centros una única norma comprensiva de todos los preceptos cuya aplicación se consideraba imprescindible para su correcto funcionamiento y para cumplir lo ordenado, a este respecto, en las Leyes Orgánicas 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Documento BOE-A-1996-3689

Así, los títulos I, II y III de esta Ley introducen importantes novedades que suponen una mayor profundización en las materias antes citadas, en coherencia con el objetivo de mejora de la calidad de la enseñanza que se pretende con la reforma educativa puesta en marcha por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. Artículo único. Disposición adicional primera. Disposición adicional segunda. Disposición adicional tercera. 1. 2. Ley de la Función Pública de Castilla y León. Descripción: Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, por la que se adecua la normativa en esta materia a la realidad administrativa derivada tanto de la asunción de nuevas competencias por la Comunidad de Castilla y León, como del incremento de los efectivos de personal que resulta de aquella, lo que hace necesaria una nueva ordenación sistemática de los recursos humanos y de la estructura administrativa relacionada con éstos.

Ley de la Función Pública de Castilla y León

Por otro lado, a lo largo del tiempo, la práctica administrativa en materia de personal, ha puesto de relieve la necesidad de modernizar la regulación existente, así como de buscar nuevas soluciones a las dificultades que de aquella se derivan. Estado de la norma: Vigente Normas de desarrollo, modificación y derogación: Ámbito de aplicación: Autonómico Boletín y Fecha de publicación: Documento consolidado BOE-A-1986-1216. TEXTO CONSOLIDADO: «Última actualización publicada el 31/12/1991» [Bloque 1: #preambulo] El artículo 31 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, vino a modificar el número y la tipificación de las faltas consideradas como muy graves cometidas por los funcionarios en el ejercicio de sus cargos, derogando así, en este punto, la regulación del Régimen Disciplinario de los Funcionarios, contenida en la Ley articulada de 7 de febrero de 1964.

Tal modificación, impuesta por la relevancia y creciente complejidad de las tareas desempeñadas por los servidores del Estado, hace necesaria una correlativa modificación de las faltas consideradas como graves y leves y una mayor precisión de las sanciones a imponer. Debe reseñarse, por último, la modificación que se lleva a cabo, de acuerdo con los nuevos criterios que inspiran la legislación general, al declarar que la cancelación de las faltas impide apreciar reincidencia en las mismas. [Bloque 2: #aunico] 1. Documento consolidado BOE-A-2015-11719.

TEXTO CONSOLIDADO: «Última actualización publicada el 07/03/2019» Incluye la corrección de errores publicada en BOE núm. 278 de 20 de noviembre de 2015. Ref. BOE-A-2015-12525. [Bloque 2: #preambulo] Asimismo, el artículo dos de la citada ley, prevé que los reales decretos legislativos que se dicten de acuerdo con la presente ley incluirán la derogación expresa de las normas que hayan sido objeto de refundición así como de aquellas disposiciones reglamentarias dictadas en aplicación y desarrollo de las mismas que resulten incompatibles con la refundición efectuada. De acuerdo con la citada habilitación se ha procedido a elaborar el texto refundido, siguiendo los criterios que a continuación se exponen.

En primer lugar, se ha procedido a integrar en un texto único todas las modificaciones introducidas en la Ley 7/2007, de 12 de abril, a través de diversas leyes que bien han dado una nueva redacción a determinados preceptos, bien, han introducido nuevas disposiciones. [Bloque 3: #aunico] 1. 2. Profesorado - Portal de Educación de la Junta de Castilla y León - Actualidad Profesorado.