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Ley Lleras

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Acuerdo Estratégico Trans-Pacífico de Asociación Económica. El Acuerdo Estratégico Trans-Pacífico de Asociación Económica (en inglés: Trans-Pacific Strategic Economic Partnership o Trans-Pacific Partnership, TPP), es la propuesta de expansión del Acuerdo P4, un tratado de libre comercio multilateral entre las economías de la región del Asia-Pacífico. El tratado fue firmado originalmente por Brunéi, Chile, Nueva Zelanda y Singapur, el 3 de junio de 2005 y entró en vigencia el 1 de enero de 2006. Historia[editar] El acuerdo, inicialmente conocido como Pacific Three Closer Economic Partnership (P3-CEP), tuvo como inicio de sus negociaciones la cumbre del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC) realizada el año 2002 en Los Cabos, México, por el presidente de Chile Ricardo Lagos, y los primeros ministros Helen Clark, de Nueva Zelanda, y Goh Chok Tong, de Singapur.

Posteriormente, Brunéi participó por primera vez en la quinta ronda de negociaciones en abril de 2005, momento desde el cual se conoció como Acuerdo P4. Miembros[editar] Digital Millennium Copyright Act. Algunas organizaciones, como la EFF (Electronic Frontier Foundation: fundación de las fronteras electrónicas) evalúan los efectos de las medidas para evitar saltarse las protecciones de la DMCA. Según la EFF, la sección 1201 de la ley paraliza la libertad de expresión y la investigación científica, pone en peligro el uso legítimo e impide la competencia y la innovación.

Introducción[editar] Ante la necesidad de adaptarse y comprender la nueva realidad de la sociedad de la información, la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) pretende mediar entre los derechos de los autores y los intereses de los usuarios. Como producto de esta intención nace el Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor, y como consecuencia de este tratado, en Estados Unidos surgió la Digital Millennium Copyright Act, y en Europa la correspondiente Directiva de la Unión Europea, faltando solo que los países miembros modifiquen sus legislaciones para armonizarlas con respecto a la Directiva europea.

El Congreso de Colombia. El Congreso de Colombia Criterios de Responsabilidad Artículo 1°. Prestadores de servicios de internet. A los efectos de esta ley se entenderán por tales las personas que presten uno o varios de los siguientes servicios: a) Transmitir, enrutar o suministrar conexiones para materiales sin hacer modificaciones en su contenido; b) Almacenar datos temporalmente mediante un proceso automático (caching); c) Almacenar a petición de un usuario del material que se aloja en un sistema o red controlado u operado por o para el prestador de servicios; y d) Referir o vincular a los usuarios a un sitio en línea mediante la utilización de herramientas de búsqueda de información, incluyendo hipervínculos y directorios.

Artículo 2°. La información utilizada en sistemas o redes informáticas será protegida por la legislación sobre derecho de autor y derechos conexos si reúne las condiciones de tal protección. Artículo 3°. Artículo 4°. Artículo 5°. A) No modifique ni seleccione el contenido de la transmisión. . ¿1. Ley de Economía Sostenible. La Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible (LES) es una ley española que tuvo su origen en una iniciativa legislativa aprobada por el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero (PSOE) el 27 de noviembre de 2009. El anteproyecto de ley consistía en un conjunto de medidas que pretendían modernizar la economía española principalmente en tres sectores: financiero, empresarial y medioambiental.[1] [2] Sin embargo, el apartado del anteproyecto que tuvo mayor resonancia entre la opinión pública por la polémica que suscitó, fue la denominada ley Sinde (por el apellido compuesto de la que fue ministra de cultura Ángeles González-Sinde Reig), que en la redacción original se incluía en la disposición final segunda (que pasó a ser la disposición final cuadragésima tercera en el texto definitivo),[3] [4] [5] [6] relativa a la regulación de webs y la protección de la propiedad intelectual.

La Ley de Economía Sostenible[editar] Ley Orgánica Complementaria[editar] Definición[editar] "[...] 18 preguntas (y respuestas) sobre el proyecto antipiratería en Colombia • ENTER.CO. Este lema empieza a crecer en Colombia. Sin embargo, el proyecto de Ley por ahora no dice lo contrario. Imagen tomada de HacheMuda (www.hachemuda.com). Ya se habla de ‘Ley Sinde colombiana’, surgen hashtags en Twitter como #hadopicolombia y #LeyLleras, y grupos en Facebook como ‘Contra una Ley Sinde/Hadopi en Colombia‘ para asociar el proyecto de Ley presentado por el Ministerio del Interior y de Justicia al Congreso que permitiría llevar a la cárcel a los piratas que usen Internet, así como bloquear o ‘tumbar’ sitios web que incluyan contenidos protegidos por los derechos de autor.

Se está gestando un movimiento en la Web en contra del proyecto, pocas horas después de haber sido presentado, aunque apenas ahora los creadores –encabezados por la Dirección Nacional del Derecho de Autor, DNDA– han dispuesto un espacio para la discusión pública en línea, de cara a la sociedad. ¿Qué hay de cierto en estos temores? 1. El proyecto no surge como una ‘ocurrencia’ de un ministro. 2. No. 3. 4. 5. The Internet Archive "migra" a BitTorrent: más de un millón de libros, música y películas para descargar.

En un movimiento que podemos catalogar de histórico para el ecosistema BitTorrent, The Internet Archive ha comenzado una "migración" de más de un millón de archivos en torrent para descargar. Un inicio de lo que será a juicio de su fundador, Brewster Kahle, el principio del "acceso universal a todo el conocimiento". La idea: convertir BitTorrent en un sistema de conservación distribuida de Internet. Para aquellos que no lo sepan, Internet Archive es un sitio web y una organización sin ánimo de lucro que nació en 1996. Una colaboración entre multitud de páginas gracias a Alexa Internet. En su interior se encuentran una gran cantidad de archivos misceláneos de audio, vídeo y texto, muchos de ellos de dominio público o con licencias a base de Creative Commons para su distribución.

Una apuesta de conservación por la historia en la red que incluye secciones con las que "volver en el tiempo". Quizá por esta razón se haya decidido a dar este paso. Según Brewster Kahle, fundador del sitio: Consulta de la Norma: (Abril 13) Declarada INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-011 de 2013 Por medio de la cual se implementan compromisos adquiridos por virtud del "Acuerdo de Promoción Comercial", suscrito entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América y su "Protocolo Modificatorio, en el Marco de la Política de Comercio Exterior e Integración Económica". Artículo 1°. Objeto. Implementar compromisos adquiridos por la República de Colombia en virtud del "Acuerdo de Promoción Comercial con los Estados Unidos de América, sus cartas adjuntas y sus entendimientos", suscrito en Washington el 22 de noviembre de 2006 y el Protocolo Modificatorio al "Acuerdo de Promoción Comercial con los Estados Unidos de América", firmado en Washington, Distrito de Columbia, el 28 de junio de 2007, y la carta adjunta de la misma fecha, aprobados por el Congreso de la República de Colombia mediante Ley 1143 del 4 de julio de 2007 y Ley 1166 del 21 de noviembre de 2007, respectivamente.

Autor. PND2010-2014 Tomo I CD.pdf. El gobierno colombiano se compromete a discutir la ‘Ley Lleras IV’ con la sociedad civil | RedPaTodos. En respuesta a un derecho de petición presentado por el colectivo ‘Redpatodos’, el gobierno nacional se comprometió “a considerar los comentarios y propuestas de la sociedad civil” frente al proyecto de ley 306 de 2013 (conocido como ‘Ley Lleras IV’). Con este anuncio, el gobierno se aparta de la estrategia que empleó para impulsar la Ley 1520 (‘Ley Lleras 2’), la cual fue tramitada con mensaje de urgencia, sin discusión alguna en el Congreso y de espaldas a la sociedad civil. El pasado 17 de mayo los ministros del Interior, Fernando Carrillo, y de Comercio, Industria y Turismo, Sergio Díaz-granados, radicaron en la Cámara de Representantes el proyecto de ley 306 de 2013, cuyo objetivo es implementar algunos de los compromisos del Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos en materia de derechos de autor.

La iniciativa retoma casi idénticamente el texto de la Ley 1520, declarada inexequible por la Corte Constitucional en enero pasado. El Gobierno revive la Ley Lleras. De nuevo al ataque. Así procede el gobierno de Juan Manuel Santos que no renuncia a su afán de cumplir con los compromisos contraídos con el Tratado de Libre Comercio firmado con los Estados Unidos. El pasado 17 de mayo, mientras en el mundo entero se conmemoraba el día de la Internet, el gobierno colombiano presentó por cuarta vez al Congreso, la restrictiva Ley Lleras. La celebración mundial llevada a cabo en aquella fecha, es un reconocimiento a la libertad de expresión, al derecho a la comunicación y la información, a la pluralidad; en contra de todo esto el gobierno Santos, en su afán por cumplir las exigencias de los Estados Unidos selladas con la firma del Tratado de Libre Comercio (TLC), insiste en agudizar el mal momento por el cual pasa la libertad de prensa en nuestro país.

Panorámica Tiempos de ataque, señalamientos y persecución. Historia de una ley sorda El tropiezo no le impidió al Gobierno insistir. Nueva Ley Lleras o compromisos con el TLC Disputa global tan nuestra Recuadro. El plagio en el Congreso y la Ley Lleras 3.0 | ELESPECTADOR.COM. La contradicción surge de dos aproximaciones extremas al balance que debe haber entre los derechos de autor y el acceso al conocimiento.

De un lado están los que no le ven problema a copiar o parafrasear textos, sin citar las fuentes ni los autores. Es una práctica común entre los estudiantes de la cultura del copy-paste, que campea también en el Capitolio Nacional. Cual estudiante aficionado al Rincón del Vago, el presidente de la Cámara presentó un proyecto de ley que fusila textos de Monografías.com, según El Tiempo. El mismo diario sostiene que el representante Pablo Salamanca tomó, sin revelar la fuente, párrafos enteros de estudios internacionales en su propuesta de reforma pensional; que las definiciones de un proyecto de ley de la representante Gloria Díaz fueron tomadas de una ley mexicana sobre violencia de género, y que la senadora Alexandra Moreno parafraseó la página web del ICA en su propuesta sobre biodiversidad y semillas.

Colombia: Corte Constitucional derriba la "Ley Lleras 2" - FayerWayer. La Ley 520 de 2012, también conocida como "Ley Lleras 2" o "Ley del TLC", fue aprobada en abril del año pasado por el Senado en Colombia. La ley en cuestión implicaba una modificación a la ley de propiedad intelectual, que había sido pactada por el gobierno colombiano con Estados Unidos en el marco del Tratado de Libre Comercio (TLC) entre ambos países. Algunos de los cambios que implicaba el proyecto incluían la prohibición de la retransmisión de señales de televisión a través de Internet en el artículo 13, y la penalización a quienes rompieran los candados anticopia (DRM) de un contenido digital, en el artículo 14.

Los internautas no se quedaron tranquilos tras la aprobación del año pasado, y se presentó una demanda ante la Corte Constitucional, encabezada por el senador Jorge Enrique Robledo. Finalmente, la Corte acogió los argumentos y determinó que los artículos 13 y 14 de la Ley son inconstitucionales, ya que violan las libertades de expresión y comunicación. [Actualización] Gobierno radicó 'Ley Lleras 2' en el Congreso de la República. El Gobierno insiste de nuevo. Foto: Enzo Molinari (vía Flickr). Su texto coincide plenamente con el que publicamos en esta misma nota esta mañana. En próximos días el Ministerio divulgará más información sobre la iniciativa. Nota original: Como ENTER.CO lo había anticipado, el Gobierno habría presentado de nuevo ante el Congreso de la República la ‘Ley Lleras 2′ o ‘Ley del TLC’. ENTER.CO se comunicó con el Ministerio de Comercio y con fuentes del Congreso de la República para verificar la veracidad del Proyecto de Ley.

El texto (PDF) básicamente transcribe el texto de la Ley que fue derogada por la Corte Constitucional, excepto el apartado relativo a las cuotas de pantalla, que ya había sido presentado anteriormente al Congreso por el Gobierno. Desde ya se avecina una nueva batalla de opinión entre los activistas y defensores de internet con el Gobierno. Lecciones de la caída de la Ley Lleras 2.0. Así que lo interesante no es la noticia de la caída de la ley, sino lo que dice sobre la improvisación del Gobierno y el futuro de los derechos de autor, el acceso al conocimiento y la libertad de expresión en la era digital. El primer traspié del Gobierno fue la Ley Lleras 1.0, que tomó su nombre del entonces ministro del Interior, de ingrata recordación para muchos jóvenes cibernautas.

“Que se tengan de atrás”, dijo Vargas Lleras en 2011, al defender el proyecto que los ponía a la par de los piratas profesionales y facultaba a los proveedores de internet para bajar materiales de la red, sin fórmula de juicio. El desatino era tal que a la protesta de las redes sociales se unió la de muchos congresistas, que hundieron el proyecto. En 2012, el Gobierno volvió a intentarlo con la Ley Lleras 2.0, que restringía la circulación de libros, canciones, videos y otras formas de producción cultural. Por semejante prisa, la ley quedó contrahecha. Ley de Propiedad Intelectual (Chile) La Ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual, de 2 de octubre de 1970, y sus modificaciones posteriores regulan el derecho de autor en Chile.

Esta ley ampara los derechos de los autores chilenos y extranjeros domiciliados en Chile. Establece, asimismo, que los autores extranjeros no domiciliados en el país gozan de la protección que les sea reconocida por las convenciones internacionales que Chile ha suscrito y ratificado. Las obras que se encuentran protegidas son, en general, las de tipo literario, artístico y científico. A modo ejemplar, la ley establece en su artículo 3º una enumeración no taxativa de las obras especialmente protegidas, entre otras, menciona a los libros, las ilustraciones, las películas y los programas informáticos. La anterior fue reemplazada por el Decreto Ley Nº 345, sobre Propiedad Intelectual, de 5 de mayo de 1925.[3] A su vez, el año 1950, la Ley 9.549 extendió el plazo a cincuenta años luego de la muerte del autor.[4] Derecho de autor. Identi.ca. Identi.ca es un servicio de red social y microblogging basado en el software libre pump.io que utiliza el protocolo Activity Streams. Identi.ca permite realizar modificaciones de estado, enviar mensajes de texto enriquecido e imágenes.

Hasta Diciembre de 2012 identi.ca estaba basado en el software libre Status.Net, un paquete de software microblogging basado en las especificaciones de OpenMicroBlogging. El servicio recibió más de 8 000 registros y 19 000 cambios en las primeras 24 horas de lanzamiento al público,[4] y alcanzó su 1 000 000 «dent» el 4 de noviembre de 2008.[5] En enero de 2009, identi.ca recibió fondos de inversión de un grupo capitalista.[3] Como resultado de ello, una actualización y nuevo diseño fue lanzada el 23 de enero de 2009. Una característica en identi.ca son grupos que pueden ser creados para reunir «dents» sobre un tema particular. Véase también[editar] Referencias[editar] Wikimedia Commons alberga contenido multimedia sobre Identi.ca. Asociación Cinematográfica de Estados Unidos. Recording Industry Association of America. Ley Lleras. Acuerdo Comercial Antifalsificación.